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Código Penal entre la polémica y la incertidumbre: expertos advierten violaciones constitucionales y omisiones graves
Código Penal entre la polémica y la incertidumbre: expertos advierten violaciones constitucionales y omisiones graves
LA REDACCIÓN
Santo Domingo. – La Ley Orgánica que instituye el nuevo Código Penal de la República Dominicana, aprobada en única discusión por el Senado con 26 votos de 27 senadores presentes, pasa ahora al Poder Ejecutivo, que tiene un plazo de cinco días para promulgarla u observarla.
No obstante, su eventual promulgación no implica una aplicación inmediata. El exdiputado y presidente del partido Opción Democrática, José Horacio Rodríguez, explicó que la pieza legislativa contempla un período de vacatio legis, durante el cual se pueden introducir modificaciones antes de su entrada en vigor.
«Ya existe el precedente de que el Código fue convertido en ley en la última década, pero fue anulado por el Tribunal Constitucional por fallos en el procedimiento legislativo. Ese período de vacancia legal es clave, tanto para posibles impugnaciones como para observar la decisión que tomará el presidente», señaló Rodríguez durante una entrevista en el programa El Día.
Críticas por exclusión de causales del aborto
Rodríguez también expresó profunda preocupación por la exclusión de dos de las tres causales del aborto: los embarazos por violación y la inviabilidad fetal. En ese sentido, pidió al presidente Luis Abinader observar la ley.
«Desde Opción Democrática exhortamos al presidente a actuar con responsabilidad histórica, escuchando el clamor de la ciudadanía, de organizaciones sociales y de su propia familia, que ha manifestado públicamente su respaldo a las causales», afirmó.
Agregó que la aprobación de este Código sin siquiera contemplar la causal que protege la vida y la salud de las mujeres «representa una grave omisión legal y ética», perpetuando el sufrimiento de muchas familias dominicanas.
«El Estado tiene la obligación constitucional y moral de proteger la vida de todos sus ciudadanos, incluidas las mujeres que enfrentan embarazos de alto riesgo. No puede haber una reforma justa que ignore esta realidad», enfatizó Rodríguez.
Lo inconstitucional del nuevo Código Penal
De su lado, el abogado penalista Cándido Simón calificó el proyecto como inconstitucional y solicitó su veto por parte del presidente Abinader. Argumentó que varios aspectos del articulado violan principios fundamentales del ordenamiento jurídico dominicano.
«Este Código infringe la Constitución en su esencia. Los márgenes de las penas, de hasta 40 años, matan la racionalidad del juez, violan el principio de proporcionalidad y hacen impracticable la reinserción social del condenado», advirtió Simón mediante un comunicado.
Criticó también la acumulación de penas de hasta 60 años por reincidencia, calificándola de “inconvencional” y contraria al principio de non bis in idem, que impide castigar dos veces por el mismo hecho. A su juicio, el nuevo régimen penal apuesta por una prevención general represiva, en detrimento de los derechos humanos.
«Este Código incrementa de forma desproporcionada las penas, obstruye la reinserción, asume una doctrina de castigo que es inconstitucional y otorga una discrecionalidad peligrosa al juez para definir los tipos penales. Es una regresión en materia penal», concluyó el jurista.
Nuevas tipificaciones y exclusiones controvertidas
La reforma, que sustituiría el Código Penal vigente desde 1884, introduce delitos como el terrorismo, sicariato, genocidio, desaparición forzada, feminicidio agravado y violencia feminicida. También contempla nuevos delitos como inducción y cooperación al suicidio, uso de sustancias químicas (ácido del diablo), dopaje y bullying agravado.
Sin embargo, el texto mantiene la prescripción de los delitos de corrupción a los 20 años y exime de responsabilidad penal al Estado y los municipios. A su vez, excluye la orientación sexual como categoría protegida frente a la discriminación y omite la prohibición del castigo físico a menores, lo que ha despertado críticas desde diversos sectores sociales.
El artículo 52 del proyecto establece que la pena máxima por concurso de infracciones no podrá superar los 60 años de prisión, lo cual ha sido cuestionado por juristas que consideran esa cifra incompatible con los principios de humanidad y reinserción del sistema penitenciario.
Además, la ley contempla responsabilidades penales para personas jurídicas cuando causen incapacidades superiores a 60 días, entre otras medidas de alto impacto.







